martes, 1 de agosto de 2017

Dos nuevos documentos para la Historia de la Hermandad de Nuestra Señora de la Asunción de la villa de Cantillana (Sevilla)


                                     Nuestra Señora de la Asunción. Cantillana. Sevilla.

   Recientemente he localizado dos nuevos documentos en el archivo del Palacio Arzobispal de Sevilla, que hacen referencia a una de las Hermandades de Gloria más importantes de la provincia hispalense, la ANTIGUA, FERVOROSA Y REAL HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN Y SANTÍSIMO ROSARIO.

   El primero de estos recoge una petición remitida por la referida Hermandad al señor Arzobispo, por aquel entonces el Beato Marcelo Spinola y Maestre, solicitando la aplicación de una serie de fiestas tras una bula concedida por Su Santidad, León XIII.

                                                   Su Santidad el Papa León XIII.

Arzobispo de Sevilla Beato Marcelo Spinola.

   “Excelentísimo e Ilustrísimo Señor Arzobispo de esta Diócesis.
 Don Francisco de Sales Manzano, Presbítero, por comisión de la Congregación de Señora de la Villa de Cantillana, nombrada de Nuestra Señora de la Asunción, a Vuestra Señoría Ilustrísima, con el más profundo respeto dice: que habiendo obtenido la citada Congregación una Bula de S. Santidad, para poder ganar indulgencias plenarias y parciales, todas las asociadas en día fijos y determinados, y en otros que, con aprobación de V. Excelencia Ilustrísima, designen por los actos de virtud y piedad que cada cual practique, por tanto:

   Después del día principal para la Asociación, que es la fiesta de la Asunción a los cielos de la Santísima Virgen María, Titular de la Congregación y además de la parroquia, quisiera se señalaran pare el logro de las mismas, gracias y para lo venidero, otras fiestas, cuales son: la de la Inmaculada Concepción de la misma Señora; su Purificación; Encarnación del Hijo de Dios en su purísimo seno; y la del sagrado Corazón de Jesús. Y como la Bula viene cometida a Vuestra Señoría Ilustrísima:

   Suplica rendidamente, por el que suscribe, se digne atender la petición y aprobar los días designados.

   Gracia que no duda merecer de su notoria bondad, cuya vida guarde Dios muchos años. 
Sevilla y octubre 29 de 1881.

Excelentísimo e Ilustrísimo Señor.
Francisco de Sales Manzano


   La segunda fuente documental, fechada el día 14 de agosto de 1883, hace referencia a una nueva solicitud, en esta ocasión remitida al señor Gobernador Eclesiástico de la Provincia, en la que se solicitaba que, el coro de niñas formado por la Hermandad, de edad comprendida entre los doce años, pudiese cantar durante los días de su fiesta y novenas, a excepción de las misas y oficios divinos cotidianos; y que durante el transcurrir de los rosarios efectuados por la Hermandad, en los que solían actuar el mencionado coro, se pudiesen adherir cuantas mujeres devotas lo deseasen.

   “Excelentísimo Señor Gobernador eclesiástico de este Arzobispado.

 La Hermandad de Nuestra Señora de la Asunción de la Villa de Cantillana a Vuestra Señoría Ilustrísima, con la mayor consideración y respeto hace presente: que deseando para mayor solemnidad en el culto y obsequios religiosos, que tributa  a la Santísima Virgen María en el Glorioso Misterio de la Asunción a los Cielos, que coros de niñas menores de doce años, canten en los días de su fiesta y novenas, las coplas de costumbre en la Iglesia, pero no durante la Misa y Oficios Divinos, y que al salir por las calles puedan acompañarlas en el mismo canto algunas devotas mujeres; por tanto:

   Solicitamos a Vuestra Señoría Ilustrísima, se digne conceder su superior y competente permiso y autorización, para que dé en esto gloria a Dios y loor y bendición a María Santísima.


   Gracia que no duda alcanzar de su notoria bondad y celo, que Dios Guarde la vida de Vuestra Señoría Ilustrísima.   14 día de agosto de 1883”.

                                                             Nuestra Señora de la Asunción. Cantillana. Sevilla

(Procedencia de la documentación: Archivo Arzobispado de Sevilla. Sección III Justicia)

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