Contrata
de Torear. Año 1806.
Josef
Ynclán y Josef de la Rosa a favor de la Real Maestranza de Caballería de
Sevilla.
Sea Notorio como Yo, D. Francisco Romero, vecino y del
comercio de esta ciudad de Sevilla, y en nombre y como encargado de D. Juan de
la Cámara del comercio de la ciudad de Llerena, para el efecto que
será declarado en esta Escritura. De la una parte y de la otra, Josef Ynclán y
Josef de la Rosa, ambos vecinos de esta ciudad de ejercicio lidiadores de
toros; otorgamos…que vayan a torear y banderillear dichos toros llevando
consigo a otros dos que hagan lo mismo y a María Fernanda Hurtado, la cual ha
de picar cada una de las tres tardes de los días referidos, un novillo de tres
años embolado. Dándoles a los dichos Josef Ynclán y Josef de la Rosa, cuatro
mil y seiscientos reales de vellón por todas las dichas funciones, siendo de su
cuenta, pagar a la dicha mujer, y a los otros dos que lleven; y costease el
viaje y el tiempo que estuvieren en dicha ciudad…; siendo del cargo de cada uno
las banderillas, y la garrocha por la dicha maría Fernanda Hurtado. Fecha la
carta…
(A.H.P.S. Secc. Protocolos.
Of. 18, Año de 1806, fol. 1.114).
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