AÑO
1802, SE INICIAN LOS PRIMEROS TRÁMITES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CAPILLA
PROPIA PARA NUESTRO PADRES JESÚS DEL GRAN PODER, EL SEÑOR DE SEVILLA, EN LA PLAZUELA DE SAN LORENZO.
Juan Prieto Gordillo
Doctor en Historia del Arte
Profesor Universidad de Huelva
(Artículo publicado en el Anuario de 2017 de la Hermandad del Gran Poder de Sevilla)
En el mes de julio de 1802, se celebraba Cabildo
General en la hermandad de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder, en la parroquia
de San Lorenzo Mártir de la ciudad de Sevilla, presidido por el hermano mayor
el señor don Manuel Díaz de Benjumea, gran benefactor e impulsor de algunos
proyectos llevados a cabo durante su mandato (1800-1814). En esta ocasión, se
debatía un solo punto, la adquisición de dos solares, uno ubicado en la “Plazuela de San Lorenzo”, junto a la
parroquia, propiedad del Hospital Amor de Dios, para la construcción de una
nueva capilla para sus imágenes titulares, “con
entrada al templo”; y la adquisición de otro edificio, en esta ocasión en
la calle Calderería, también de San Lorenzo, y propiedad igualmente de dicho
hospital, para la construcción de la casa del capiller. Para ambas cuestiones, era
necesario que la corporación se hiciese cargo de los pagos correspondientes, incluidos
los tributos perpetuos de los citados inmuebles.
Los motivos que se argumentaron para ambas cuestiones,
remitidos tras su posterior aprobación en Cabildo al señor Arzobispo don Luis
de Borbón y Villabriga, fueron los siguientes; para la construcción de una nueva capilla, “…el piadoso fin de hacer una hermosa capilla a Nuestro Padre Jesús
del Gran Poder con entrada al templo, mediante lo estrecho de la actual, y
siendo en el día muy frecuentada por los fieles, por los ejercicios continuos,
misas diarias, y particularmente las que todas las fiestas se dicen, de media
en media hora, a toque de campana resultándole al público un beneficio que no
tenía y a todos los feligreses la seguridad de cumplir con el precepto, sin
incomodidad, mira la Hermandad con mucho sentimiento lo pequeño del sitio, y
que pueda atender a la numerosa concurrencia y mediten el santo sacrificio sin
sofocarse unos con otros, se ve la necesidad de hacer que se celebre en el
Altar Mayor de la iglesia, privándose de su primera intención que fuere del
Señor”.
A continuación, se advertía la necesidad de
construir otro inmueble, en esta ocasión para el capiller para que cuidase y
administrase todo lo relativo al nuevo recinto religioso, tal y como se recogía
en otro escrito fechado el día 11 de agosto de 1802 “…aunque se labre la capilla, siempre es forzoso hacer una casa parroquial
para el capiller que cuida de ella, cuya finca, aunque fuese muy chica, en todo
caso puede cubrir la cantidad, agregando a mayor abundamiento los bienes y
alhajas de dicha Hermandad”.
“Sobre el estado en que se hallaba la
pretensión de tomar a tributo perpetuo el solar que está en
la misma Plazuela de San Lorenzo, junto a la parroquia, propio del Hospital
Amor de Dios, pues, aunque se labre la capilla, siempre es forzoso hacer una
casa parroquial para el capiller que cuida de ella, cuya finca, aunque fuese
muy chica, en todo caso puede cubrir la cantidad, agregando a mayor
abundamiento los bienes y alhajas de dicha Hermandad. Sevilla, 11 de agosto de
1802”.
A partir de ese instante, la futura
construcción de una capilla para los titulares de la Corporación, se
convertiría en otro intento de alzar capilla propia a una imagen devocional
hispalense, al margen de parroquias, edificios conventuales y hospitales. (Servitas 1712, Carretería desde
mediados del siglo XVIII, y aunque con cierta dependencia del convento de San
Pablo, la de Ntra. Sra. de
la Antigua, Siete Dolores y Compasión en 1710).
Tras su aprobación en el mencionado Cabildo,
el día 14 de agosto de dicho año, los acuerdos tomados fueron remitidos al
administrador del Hospital Amor de Dios, el señor don Francisco Martín Chávez, con la idea de
iniciar los trámites para la adquisición de ambas propiedades, y establecer los
tributos que sobre las mismas se establecerían por la Obra Pía del mencionado
hospicio. Tras su estudio y
posterior aceptación, se obligaba a la hermandad a incluir una nueva cláusula para
hacer frente a los mencionados tributos, debiéndose hipotecar ambas fincas antes
de pasar definitivamente a su propiedad, todo ello sin que afectase, “… a Memoria, Capellanía, u otra Obra Pía de
su Administración”; además, debiendo
ser de su cuenta, todos los costos que ello ocasionaren, entregando finalmente la
copia de la escritura al hospital, con la que acreditar su propiedad.
Tres días después, el 17 de agosto era remitido un decreto, firmado por el
señor Arzobispo, en el que se informaba
a la hermandad de lo siguiente, “En atención a lo que resulta del
anterior informe del Administrador, y precediendo los reconocimientos y
aprecios indispensables, propugna la Hermandad los medios o condiciones con los
que la refrenda, se allana al recibir el enunciado solar propio del Hospital
Amor de Dios, las que remitirá a nuestras manos por la Secretaría de Cámara, el
Administrador de dicho Hospital con el informe que tenga por conveniente. Así
lo decretó y firmó el Ilustre Señor Arzobispo”.
Aprecio de los inmuebles
Para el
aprecio de ambos solares, a efecto de medirlo, deslindarlo y tasarlo, fueron
designados dos maestros alarifes; por parte de la hermandad de Nuestro Padre
Jesús del Gran Poder a Manuel Talabán, Alcalde
del gremio y maestro de distintas propiedades; y por el hospital, por su administrador el señor Martín Chávez, prebendado a su vez, de la
Santa Iglesia Patriarcal de Sevilla, a Santiago de Llosa, Maestro Mayor de las fábricas de la iglesia de esta ciudad
y arzobispado, y de las del hospital de Amor de Dios.
Antes de iniciarse las tareas reseñadas con
anterioridad, medidas, deslindes y aprecios, respecto al solar que se
destinaría para capilla, se consultó un libro que poseía el hospital, donde se
registraban todos los números de su “pertenencia
apeados”; tras observarse algunas irregularidades respecto a ciertas
medidas del edificio en cuestión, las labores de tasación se ejecutaron finalmente,
el día 9 de noviembre del mismo año, “Con
la presencia del libro de este solar y habiéndolo cotejado la razón del libro,
no contesta en todo el largo del dicho solar, pues todo tiene 32 tercias de
longitud, y si contesta en la extensión de su fachada que es de 26 varas, de
latitud, y así mismo, contesta en la figura de sus guarderas, en todos los
resaltos y ángulos entrantes y salientes que tiene hasta el dicho largo 32
varas y tercia…”.
Las medidas y la descripción del solar,
cotejadas por ambas entidades, fueron las siguientes: área total de la
superficie formada por 736 varas cuadradas incluidas las medianías y la cerca
de su fachada, recogiéndose también; “…un
cuarto que tiene bajo en su recinto con una ventana con reja de hierro a la
calle, y un pozo de vara y tercia de diámetro…”. Continuando con la
descripción, y respecto a su ubicación en relación a los edificios colindantes,
su fachada principal daba a la Plazuela de San Lorenzo, por la derecha con la
iglesia y un solar de la Hermandad del Santísimo, y por su izquierda con casas
del Hospital de Amor de Dios. Tasado el inmueble, le correspondería un tributo
anual de 274 reales de vellón.
A continuación, se tomaron las medidas de un
solar yermo, ubicado al final del mismo inmueble,
“sin división ni señal”, con la idea
de añadirlo al mismo, pero que en esta ocasión no acreditaba pertenecer a
propietario alguno, con un área de doscientas diez varas, incluidas las partes de sus medianías, “…y
habiéndolo medido las paredes de sus cercas, que son de tapias, y dándole a
cada cosa el valor que le corresponde
según el estado que en el día de hoy tienen, debe ganar a tributo perpetuo 59
reales de vellón anuales, cuyas partidas unidas componen 323 reales de vellón,
los mismos que anualmente debe ganar el denominado solar, según y en los
término que se haya…”.
Respecto a la segunda propiedad, ubicada en
la calle de la Calderería, también en la collación de San Lorenzo, que se
destinaría para la casa del capiller, y perteneciente igualmente al referido hospital, “su arca superficial”, tras las labores ejecutadas por ambos
maestros, alcanzó la cifra de doscientas cuarenta varas, incluidas las paredes
de sus cercas, “Y en cuanto se nos ofrece
declarar, en fuerza de conocimiento, medición, y aprecio que hemos hecho, el
que hemos practicado bien y fielmente, a nuestro entender, sin perjuicio de
partes, y por ser verdad lo firmamos de conformidad en esta dicha ciudad a 20
de agosto de 1802”.
Manuel Talabán
Santiago de la Llosa.
Finalizadas
las mediciones y fijados los correspondientes tributos, la respuesta no se
haría esperar por parte de los diputados de la hermandad del Gran Poder.
Apoyada por los informes realizados por los maestros, Talabán y Llosa, se
remitía un documento acreditativo al señor arzobispo de Sevilla, en el que se
recogían todas las cuestiones reseñadas con anterioridad, entre los que se
encontraba la aceptación del tributo establecido de 323 reales anuales; además,
se debería hipotecar dicho solar con lo que certificar el cobro de las
mencionadas cargas; para la seguridad de su cobro se ofrecían de fianza 198
reales que la hermandad cobraba anualmente de arrendamiento a don Fernando
Manuel de Bobadilla, de unas casas de su
propiedad, “que hace 18 o 20 años que se
labró”, en la calle que nombraban la Calderería de San Lorenzo. Respecto al
resto del tributo, 140 reales, lo afianzarían con la capilla que se labrase
para el capiller, que, aunque pequeña, podría cubrir la cantidad hipotecada,
adjuntándose si fuese necesario, bienes y alhajas de la misma.[7]
“Ilustrísimo Señor Arzobispo.
El Hermano Mayor, Oficiales y demás
Diputados de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder…, con el debido
respeto a V- S. Ilustrísima, dicen que habiendo dado cuenta en cabildo General,
el Mayordomo Don Manuel Benjumea, del estado en que se hallaba la pretensión de
tomar a tributo el solar que está en la Plazuela, junto a la parroquia, propuso
del Hospital Amor de Dios, de esta ciudad, y estar evacuados por peritos los
aprecios por ambas partes, con arreglo al Decreto de V.S. Ilustrísima, lo que
faltaba en la proposición que la hermandad
debía hacer con hipoteca a el saneamiento del tributo”.
Meses
después, el día 9 de noviembre, era recibida en las dependencias de la
corporación una misiva de la secretaría del arzobispado, en la que se ponían en
duda algunas de las medidas tomadas para cubrir los mencionadas cargas o
tributos[8]:
“En cuanto a la fianza de los 198 reales que
se ofrecen, no se me ofrece reparo alguno, reconociendo, los títulos; pero si
es la casa que se ha de labrar para el capiller, esta no parece regular se
embargue, ni menos se fuese a lanzar de ella a dicho capiller para arrendarla
por cuenta del Hospital, y si son los bienes raíces, y no pudiéndose tomar
razón en los libros de hipotecas, dispondrán de ellos, a su arbitrio; en vista
de todo lo cual V.S.I., determinará lo que tenga por conveniente. Sevilla 9 de noviembre de 1802”.
En
definitiva, fue esa la fianza presentada por la hermandad del Gran Poder al
señor arzobispo y al hospital Amor de Dios para el saneamiento del tributo,
aseverando que la corporación, según el estado de bonanza por el que atravesaba,
podría responder a todo, gracias a la devoción general que todo el pueblo tenía
al Señor, sin motivo alguno para su
decaimiento; solicitando se le otorgase por parte del hospital la
correspondiente escritura con las fianzas propuestas, haciéndose cargo la
hermandad de los gastos ocasionados durante le realización de las mismas.
Finalmente, la venta del solar requerido para la nueva capilla, quedaría fijada en
la cantidad de 10.880 reales de vellón con un tributo de 315 reales al año,
según la Real Orden para la enajenación de fincas de Obras Pías.
Con anterioridad hemos hecho mención a la
futura capilla, respecto a la importancia de ser uno de los primeros recintos
religiosos en el que se darían culto a imágenes pertenecientes a una hermandad
de penitencia, al margen de parroquias o conventos; pues bien, de sumo interés
es igualmente la cita, en que la imagen de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder es
mencionada como, el Señor, en relación a la creciente devoción que seguía
adquiriendo,
“…muy frecuentada por los fieles, por los
ejercicios continuos, misas diarias, y particularmente las que todas las
fiestas se dicen, de media en media hora… y en todo tiempo, porque no es de
esperar se extinga la devoción general que todo el pueblo tiene al Señor, antes si, debe prosperar…”
Lamentablemente,
el señor Benjumea nunca vería realizado uno de sus mayores sueños, la
construcción de capilla propia para las imágenes titulares de la hermandad del
Gran Poder, de la que fue Hermano Mayor en el periodo comprendido entre el mes
de marzo de 1800 en que toma posesión del cargo, sustituyendo a Severino Ruiz
como Alcalde Mayor, hasta el día 20 de febrero de 1814 en que se produce su
fallecimiento, “en su casa de morada”,
sita en la collación del Sagrario; siendo enterrado por aquel entonces en la capilla
de la Hermandad del Gran Poder, actual del Dulce Nombre, en la parroquia de San
Lorenzo, “En lunes, veinte y uno de febrero
del mil ochocientos y catorce: el Clero de la Iglesia del Sagrario de la Santa
Iglesia Catedral de esta ciudad, vino con el cuerpo difunto de don Manuel de
Benjumea, marido de doña Isabel de Muela, para darle sepultura en esta Iglesia
Parroquial de San Lorenzo de Sevilla, cantó la misa de cuerpo presente don
Francisco Sánchez”.
Como recuerdo a tan ilustre hermano, se
labró una lápida conmemorativa, que se colocaría sobre el sitio de su
enterramiento, delante del altar mayor que por aquel entonces presidía la
imagen de Jesús del Gran Poder, lugar donde aún se conserva hoy día, a pesar de
las reformas realizadas en el recinto religioso en varias ocasiones, como las
efectuadas en el año 1818, en las que se reformaron los retablos y se enlosó la
capilla “sin perjuicio de las lápidas de
los difuntos”.
Una semana después, en cabildo celebrado a
27 de febrero, era designado Alcalde Mayor, su hijo don Manuel Benjumea “atendiendo a los muchos méritos del difunto”,
aprobado por todos los hermanos que se hallaron presentes. El resto de cargos
fueron ocupados por las personalidades siguientes: don Domingo Martínez de
Tejada, Alcalde Segundo, don Bernardo Villegas, Prioste Primero; don Manuel
Macillas, Censor Primero; don José Martínez, Mayordomo; y como Diputados, don
Juan y don Francisco Martínez. Ejerció como escribano, don Antonio Argote de
Molina.
Al faltar las mencionadas actas capitulares,
comprendidas entre los años 1801-1814, no se han podido conocer cuáles fueron
los motivos o las circunstancias por los que no se llevaron a cabo por aquel
entonces ambas construcciones, tanto de la capilla como de la casa para el
capiller, convirtiéndose en meras hipótesis la no realización de las mismas.
Siglo y medio después, en el mismo lugar de entonces, “en la misma Plazuela de San Lorenzo,
junto a la parroquia…”, se levantaría la actual Basílica
Menor de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder proyectada por los maestros
arquitectos Alberto Balbontín de Orta y Antonio Delgado y Roig en 1965.
Plano
del Intendente Pablo de Olavide realizado en 1771 en el que se puede
observar
la ubicación de la Plaza de San Lorenzo y el solar que se destinaría
para la futura
capilla en 1802.
AGAS,
Sección III Justicia, leg. 10001
Pocos
son los datos que se conocen sobre la personalidad del maestro alarife Manuel
Talabán. Fue hijo de Antonio Talabán, maestro de obras de la Real casa de la
Moneda, del convento de Madre de Dios y examinador y alcalde alarife del
gremio; en varias ocasiones actuaría como fiador de diversos arrendamientos que
realiza su hijo Manuel. Aparece también como apreciador y tasador de casas. En
1789 aparece viviendo en la calle del Agua, collación del Sagrario. También
aparece como maestro de obras de albañilería. A finales del siglo XVIII aparece
asociado en diversas ocasiones con el maestro Santiago de la Llosa para tasar y
precias diversas viviendas de la ciudad de Sevilla.
Véase, OLLERO LOBATO,
Francisco, FUENTES PARA LA HISTORIA DEL
ARTE ANDALUZ. NOTICIAS DE
ARQUITECTURA (1761-1780), Sevilla, 1994.
A
finales del siglo XVIII, Santiago de Llosa aparecerá en diversas ocasiones
nombrado por el Hospital del Amor de Dios como apreciador de diversas
propiedades. En 1794 el Hospital del Amor de Dios le otorga en arrendamiento
una casa en la calle Gallinas en la collación de San Vicente., durante
dieciséis meses. En 1800, Santiago de la Llosa y Agustín Trujillo, maestros de
albañilería y carpintería de la dignidad, de 50 a 54 años de edad, aceptaron el
nombramiento del provisor y vicario general para reconocer y apreciar unas
casas en la calle gallegos propias de la capellanía que fundó en la colegial
del Salvador Jacinto Valdés.p.759
Véase, ROS GONZÁLEZ,
Francisco Sabas, FUENTES PARA LA HISTORIA
DEL ARTE ANDALUZ. NOTICIAS DE
ESCULTURA (1781-1800), Sevilla, 1999.
Archivo Parroquial
de San Lorenzo de Sevilla. Libro N.º 17 de Defunciones. fol.54-v